Especialización concursal

Concurso acreedores

El Concurso de Acreedores es la figura legal por la que cualquier empresario individual o societario, solicita el auxilio judicial para obtener una declaración en la que se nombra uno o varios administradores concursales, para que bajo la supervisión del juez que entiende el caso, se administre la sociedad hasta llegar a una decisión final.

El Concurso de Acreedores, viene regulado por la Ley 22/2003, de 9 de julio, y existen dos tipos de Concurso de Acreedores, uno es por iniciativa del propio empresario, ya sea individual o societario, cuya denominación es “voluntario”, y otro tipo de Concurso de Acreedores es el que insta cualquier acreedor del futuro concursado, que es el denominado “necesario”. Cada uno de estas clases de Concurso de Acreedores, posee diferentes características, así mientras para el concurso voluntario da prioridad a la protección del deudor o concursado, la segunda clase, es decir el necesario, a quien intenta proteger es a los intereses del acreedor o promotor del concurso.

En nuestro departamento de Concurso de Acreedores, cuenta con una amplia experiencia en la aplicación de la Ley 22/2003 de 9 de Julio, Ley Concursal.

El carácter multidisciplinar de una situación de Concurso de Acreedores en cualquiera de sus vertientes, hace imprescindible abarcar grandes áreas de conocimiento en materia de Derecho Mercantil, para desarrollar la actividad del Concurso de Acreedores; aspecto que este Despacho da respuesta de forma global, mediante el asesoramiento y planificación para nuestros clientes en situación de insolvencia y crisis empresarial, prestando los siguientes servicios, dentro del Concurso de Acreedores: Estudio, planificación y asesoramiento previo de la situación de crisis empresarial, es decir antes de presentar la solicitud de Concurso de Acreedores.

  • Preparación de documentación necesaria verificando el cumplimiento de los requisitos legales para la correcta presentación del escrito de solicitud de declaración de Concurso de Acreedores.
  • Comunicación de Créditos y Personación en el procedimiento del Concurso de Acreedores en reclamación de cantidades debidas. Asistencia letrada en todas las secciones del Concurso de Acreedores, ya sea voluntario o necesario.
  • Análisis y asesoramiento de las personas físicas relacionadas con el deudor (socios avalistas, administradores societarios, etc) del Concurso de Acreedores.
  • Defensa frente acciones declarativas de responsabilidad en la sección sexta de calificación del Concurso de Acreedores. – Realización de planes de viabilidad y convenios extra concursales.
  • Asesoramiento y planificación en caso de impago por parte de clientes – Asesoramiento jurídico y económico preventivo en materia del Concurso de Acreedores.
  • Comunicación y personación en procedimientos de Concurso de Acreedores.
  • Acciones de rescisión y calificación del Concurso de Acreedores.

Valoración y liquidación de activos

Conocer el valor real del inmovilizado es vital de cara a la rentabilidad asociada de los activos así como para optimizar las pólizas de seguros. Garantizar que la información financiera refleje la realidad es una obligación para cualquier compañía.

En NB Jurídico ofrecemos las siguientes líneas de servicio para la gestión de los activos no corrientes:

  • Rediseño de procedimientos de gestión de activos no corrientes.
  • Inventarioetiquetaje y fotografiado de activos no corrientes.
  • Conciliación contable del inventario y cálculo de los ajustes.
  • Reestructuración y homogeneización del fichero contable.
  • Valoración de los activos no corrientes (precio de reposición, de realización, y de uso).
  • Estimación de la vida útil técnica.
  • Elaboración de planes de inversión en reposición de activos.
  • Test de Impairment para activos estratégicos.
  • Outsourcing de gestión de inmovilizado.
  • Liquidación de activos.

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